Tribunal de Imigracion,
Vincula & Renuncias
Tribunal de Inmigracion. El Tribunal
de la Inmigracion es una subdivision de la officina de el Ministro
de Justicia de los Estados Unidos, y el Borde de Apelaciones
de Inmigracion, es conocido como la Oficina Ejecutiva de la Revision
de la Inmigracion (“EOIR”).
Los actos ante estos cuerpos son administrativos y gobernados
por el estatuto que autoriza en la Inmigracion & La Ley de
la Nacionalidad (“INA”) en 8 U. S. C. Et seq., y
las regulaciones promulgadas por los E.U. de el Ministro de justicia.
Renuncias. El USCIS y el Tribunal de la Inmigracion pueden dar
ha extranjeros lo que es conocido como “waivers-renuncias.” Estos
pueden ser describidos como una excepcion a las reglas de la deportacion
y la eliminacion, donde usted ha sido condenado de una ofensa criminal
secundaria o violado las leyes de la inmigracion. Estos pueden
aplicar tan largo como usted encuentra ciertos requisitos adicionales,
que son generalmente equitativos en la naturaleza, es decir, usted
ha estado en los E.U. por mucho tiempo, usted tiene un esposo(a)
que es ciudadano de E.U. y sus ninos(cuales son cuidadanos) dependen
de usted.
212 (h) Renuncia. Aplica a alguien que ha cometido un crimen que
implica la infamia moral, infraccion de la ley o la regulacion
con respecto a una substancia controlada, y con respecto a otras
ofensas. Requiere que usted demuestre que el resultado a su eliminacion
tendria como resultado “la dificultad extrema” al ciudadano
de E.U. o esposo, padres, hijos residentes y licito.
212 (c) Renuncia. Esta renuncia aplica a alguien que, antes de
el 1 de abril de 1997, ha entrado en un acuerdo a la suplica por
una ofensa, no importando si es un crimen de infamia moral o un
crimen grave de agravacion. Requiere que usted demuestre que al
removerlo de el pais tendria como resultado una dificultad a usted
y a su familia, y desde su encarcelacion, usted ha sido rehabilitado. |